COLECCIÓN DE DOCUMENTOS RELATIVOS A LA RECLAMACIÓN Y DEVOLUCIÓN DE LOS BIENES DE D.  MANUEL GODOY  
 

 
1. IMPRESO. SOLICITUD A LAS CORTES DE LA DEVOLUCIÓN DE SUS BIENES PRESENTADA POR JOSEFA TUDÓ. 
 
Folio (300 mm.), 2 folios impresos por ambas caras.  Documento dirigido a las Cortes por Josefa Tudó, condesa de Castillo- Fiel, Duquesa viuda de Alcudia. Fechado el 14 de diciembre de 1855. Resumen: Josefa Tudó, condesa de Castillo- Fiel, expone que entre los bienes embargados a Manuel Godoy se encontraban algunos que eran propiedad exclusiva de la condesa que no tuvo responsabilidad en el expediente de secuestro de bienes de su difunto esposo, el Príncipe de la Paz, por lo que solicita a las Cortes le sean devueltos en base a los principios de equidad y justicia. 
 
2. MANUSCRITO.RECLAMACIÓN Y DEVOLUCIÓN DE LOS BIENES DE D.  MANUEL GODOY. BORRADOR DEL TEXTO LEGAL 
 
Borrador. Folio (310 mm.) El legajo se compone de una portadilla, seis bifolios numerados en la primera hoja, dos hojas sueltas con la secuencia cronológica de la causa del embargo de los bienes de Manuel Godoy y una hoja blanca, 16 folios en total. Documento escrito sobre un papel timbrado.  SELLO DE OFICIO DE 4 MRS. AÑO 1843 y 1844. ISABEL 2ª P.L.G.D. D. Y LA CONST. REYNA DE LAS ESP. 1843.  
 
Resumen: Refutación hecha por los fiscales Alonso y Entrambasaguas sosteniendo la continuación de la causa. Dictamen en favor de la consulta e imposibilidad de la causa.  La Comisión nombrada por Real Orden el 9 de enero de 1843 para dictaminar sobre la reclamación y devolución de los bienes de D.  Manuel Godoy, y la reintegración de sus títulos y honores de los que disfrutaba desde 1808, dictamina: que habiéndose pasado a otro supremo tribunal el 16 de agosto de 1837 y teniendo presentes las instancias de Doña Josefa Tudó como esposa de Manuel Godoy con el objeto de alzar el secuestro de bienes: 1. Que contra D. Manuel Godoy no hay ni ha habido causa criminal formada. 2. Que formar actualmente semejante causa no es posible formalmente ni de hecho ni de derecho y se tome esta decisión como base de ulteriores resoluciones. 
 
  
3. MANUSCRITO. DICTAMEN DE LA COMISIÓN NOMBRADA POR REAL ORDEN DE 9 DE ENERO DE 1844 MADRID, 21 DE ABRIL DE 1844 
Folio (310 mm.), 12 h.  
Resumen: Informe de la Comisión. Teniendo D. Manuel Godoy expedito el uso de sus acciones civiles, se deberá promover la formación de los oportunos expedientes sobre la averiguación de los bienes del secuestro que el Estado posea en la actualidad, y que le deberán ser devueltos. Por tanto, se remite al Poder Judicial lo que considera es de su competencia, después de que el Tribunal Supremo haya dictaminado que no hay en contra de D. Manuel Godoy causa criminal ni posibilidad legal de formarla. Sobre el reintegramiento de los títulos honores y condecoraciones que disfrutaba en 1808, la Comisión juzga que debe abstenerse de dar su dictamen sobre el particular, puesto que en el expediente no consta la privación de esos honores, ni los motivos de la misma. 


CONTEXTO HISTÓRICO
La noche del 17 de mayo de 1808 estalló en el Real Sitio de Aranjuez una revolución contra el Gobierno del Príncipe de la Paz, en la que fue saqueada y destruida su casa. El rey abdicó el 19 de mayo y se estableció un nuevo gobierno con Fernando VII que comenzó a reinar el 20 del mismo mes. Se expidió una Real Orden ese mismo día, por voluntad del rey, por la que se confiscan los bienes y derechos de Manuel Godoy. Los bienes quedaron embargados para responder de los resultados de una causa que no llegó a producirse.  Entre Fernando VII y el emperador de los franceses hubo una estipulación para la entrega de Manuel Godoy. Estos sucesos implicaron también la muerte civil y la perdida de todos los derechos de Manuel Godoy. La mayoría del Tribunal Supremo de Justicia vio en la entrega de D. Manuel Godoy a los franceses un hecho tan grave que bastaba para dar a este asunto un aspecto político.  Dos decretos de 1844 y 1847 de Isabel II devolvieron sobre el papel a Godoy todos sus bienes. Le fueron reintegrados los honores, cargos militares y títulos, salvo los de príncipe de la Paz, generalísimo y gran almirante.